SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2025-S2
Fecha: 07-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 633/2022 de 14 de agosto, cursante de fs. 129 a 131, pronunciada por el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° DENEGAR en todo la tutela impetrada, conforme los fundamentos y razonamientos expuestos en el presente fallo constitucional; con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
2° Exhortar a Mario Helmer Laura Picavia, Juez; y, Milko Steel Ayllón Quilli, Secretario, ambos del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, a cumplir con el debido proceso constitucional, conforme lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas