SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2025-S2
Fecha: 05-May-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 017/2023 de 2 de marzo, cursante de fs. 100 a 104 vta., pronunciada por Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada en cuanto Juan Edgar Balderrama Balderrama, Vocal de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dejando sin efecto la providencia de 22 de julio de 2022, ordenándose que la referida autoridad o la que se encuentre en ejercicio resuelva lo pretendido por la parte accionante conforme lo que corresponda en derecho;
2º DENEGAR a tutela solicitada en cuanto Walter Andrés Cuellar Romero, Juez Público Mixto Civil y Comercial de la Niñez y Adolescencia y Sentencia Penal Segundo de Punata del departamento de Cochabamba; y,
3º Disponer que por Secretaría General de este Tribunal, se notifique con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional a los Tribunales Departamentales de Justicia.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Boris Wilson Arias López
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II. 4. Consta memorial de 22 de julio de 2022, presentado por Inosencio Camacho Borda y Eugenia Corrales Torrico de Camacho -accionantes- sobre incumplimiento de la medida cautelar dispuesta en el proceso ordinario principal (fs. 25 a 26), que fue
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO