SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2025-S3
Fecha: 19-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 28 de septiembre de 2022, los impetrantes de tutela pidieron al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua que, por intermedio de Asesoría Legal de la “UNOT”, se les extienda copias simples del proceso administrativo “…003/2020 UN.O.T. - CATASTRO de fecha 05 de Marzo…” (sic). Por otro lado, en el apartado “OTROSI 1°” del mismo memorial, también solicitaron que, en la causa administrativa iniciada en su contra, se aperture el término de prueba a fin de asumir defensa (fs. 2 y vta.).
II.2. A través de memoriales presentados el 7 y 25 de octubre de 2022, los impetrantes de tutela reiteraron ante el demando, su solicitud plasmada mediante memorial de 28 de septiembre de igual año (fs. 3 a 4 vta.).