SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2025-S4
Fecha: 02-May-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 06/2023 de 23 de marzo, cursante de fs. 59 a 62 pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto al derecho a la petición y a recibir una respuesta pronta, formal y oportuna dentro de un plazo razonable; ordenando a la autoridad demandada que, en el pazo de 24 horas siguientes a la notificación de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, proceda con la comunicación personal de las respuestas emitidas en razón de las notas impetradas por el accionante; y,
CORRESPONDE A LA SCP 0409/2025-S4 (viene de la pág. 16).
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación al derecho a la dignidad, en el marco de los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía
MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADO
MAGISTRADO