SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2025-S1

Fecha: 08-May-2025

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 006/2025 de 21 de febrero, cursante de fs. 90 a 92 vta., pronunciada por el Juez de Ejecución Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:

  CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto a los derechos a la libertad, a la defensa, al juez natural, al debido proceso y al interés superior del menor, así como al principio de celeridad, en los mismos términos dispuestos por el Juez de garantías en favor del adolescente AA; es decir, disponiendo que el Secretario del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo, Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Andrés de Machaca del departamento de La Paz, reciba los memoriales que las partes procesales presenten, aun siendo que su proceso penal se encuentra en revisión por un recurso de apelación incidental y otorgar una respuesta a las pretensiones dentro de los plazos establecidos por la normativa legal vigente, ya sea concediendo o negando la pretensión solicitada, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.

  DENEGAR la tutela solicitada, respecto al derecho a la educación y a los principios pro homine, de igualdad y no discriminación; y, a la solicitud respecto de remitir antecedentes al Tribunal Disciplinario del Consejo de la Magistratura y al Ministerio Público con relación a la actuación de Edalgo Chávez Chávez, Secretario del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo, Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Andrés de Machaca del departamento de La Paz.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. Dra. Amalia Laura Villca