SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2025-S4
Fecha: 15-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Manifiesto Público 1/2021 de 9 de abril, la Cédula de Docentes de la Facultad de Ciencias Tecnológicas de la Salud de la UMRPSFXCH, rechazó la sanción impuesta a Elizabeth Flores Andrade y Ana Patricia Torrez Michel, Directora y Jefa de Modalidades de Graduación, respectivamente, de la carrera de Nutrición y Dietética de la prenombrada casa de estudios superiores, impetrando que el Tribunal de Alzada de la citada casa de estudios superiores, revoque la Resolución de primera instancia (fs. 22 a 27).
II.2. Mediante Resolución 045/2022-SCII de 21 de abril, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, concedió parcialmente la tutela solicitada por Paola Pozo Leaño (ahora accionante), en contra de los miembros del Tribunal de Alzada de la UMRPSFXCH, dejando sin efecto la Resolución de Apelación TA-09/2021 de 21 de agosto, ordenando que en su lugar emitan una nueva resolución observando los estándares del debido proceso sustantivo y adjetivo (fs. 4 a 9).
II.3. A través de Resolución Disciplinaria 01/2022 de 14 de junio, el Tribunal Permanente de Procesos Universitarios de la UMRPSFXCH, declaró probada en parte la denuncia formulada por Paola Pozo Leaño contra Elizabeth Flores Andrade y Ana Patricia Torrez Michel, Directora y Jefa de Modalidades de Graduación, respectivamente, de la carrera de Nutrición y Dietética de la referida Universidad, sancionado a las procesadas con la suspensión temporal de sus funciones y la prosecución hasta la culminación y posterior defensa de la tesis correspondiente a la universitaria denunciante, bajo la designación de tutor y tribunal imparciales, apartándolas del conocimiento del proceso de graduación de la señalada estudiante (fs. 11 a 21).
II.4. Por Manifiesto Público 1/2022 de 23 de junio, la Cédula de Docentes de la Facultad de Ciencias Tecnológicas de la Salud de la UMRPSFXCH, a través de las ahora demandadas, manifestaron su rechazo ante la Resolución Disciplinaria 01/2022, señalando que dicho acto carece de legalidad y legitimidad por haber concluido el señalado Tribunal su mandato, de manera que no podría procesar nuevamente a las docentes Elizabeth Flores Andrade y Ana Patricia Torrez Michel, Directora y Jefa de Modalidades de Graduación, respectivamente, de la carrera de Nutrición y Dietética de la citada casa de estudios superior, solicitando la ratificación de la Resolución de Apelación TA-09/2021 o la revocatoria de la Resolución Disciplinaria 01/2022 (fs. 28 a 29).
II.5. Mediante Resolución Vicerrectoral 130/2022 de 14 de octubre, el Vicerrector de la UMRPSFXCH autorizó la regularización de los actuados y flujos académico administrativos para la consecución del trámite de colación de grado y juramento de ley de la universitaria Paola Pozo Leaño, de la carrera de Nutrición y Dietética, considerando que la misma cumplió con la defensa de tesis de grado ante el Tribunal de Evaluación y Defensa de Tesis de Grado (fs. 60 a 61).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Cabe señalar, que ambas formas encuentran su cimiento en los arts. 125 de la CPE y 66.2) de la Ley 027 de julio de 2010 –Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional–; por tanto, vía acción de libertad se protegerán los derechos citados supra, aún c