SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0476/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2025-S3

Fecha: 02-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido contra Rolando Mita Jiménez -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de robo agravado, Kely Tania Alcazar Alcocer, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Instrucción Penal Primera de Tapacari del departamento de Cochabamba -ahora autoridad demandada-, mediante Auto Interlocutorio de 28 de octubre de 2022 declaró probada la excepción de incompetencia, formulada por el representante del Ministerio Público y el denunciante Marcos Mendoza Ramírez. En consecuencia, declinó competencia en razón de territorio, disponiendo que por Secretaría se remita el legajo procesal ante el Juez de Instrucción Penal de turno de Viacha de El Alto del departamento de La Paz, previas formalidades de rigor, con nota de atención y notificación mediante orden instruida, al Gobernador del Centro Penitenciario de Quillacollo del departamento de Cochabamba, debiendo cooperar con el traslado del procesado, tanto el representante del Ministerio Público, así como el denunciante (fs. 26 a 29).

II.2.  A través de nota de atención de 24 de noviembre de 2022, Roberto Calli Roque Fiscal de Materia -ahora codemandado-, remitió ante la Fiscal Departamental de Cochabamba, cuaderno por declinatoria de competencia, a objeto de que la misma sea derivada a la Fiscalía Departamental de La Paz (fs. 19).

II.3.  Por nota de atención de 26 de noviembre de 2022, a la cual se adjunta fotocopia simple de la guía de courrier 243368, de la misma fecha, la Fiscal Departamental de Cochabamba, remitió ante el Fiscal Departamental de La Paz, el cuaderno de investigación por declinatoria en razón de territorio, dentro del proceso penal seguido contra el accionante (fs. 17). En consecuencia, mediante decreto de 28 de similar mes y año, el Fiscal Departamental de La Paz, dispuso la remisión del cuaderno de investigaciones del caso a conocimiento del Responsable de Plataforma de la Fiscalía de Viacha, con el fin de que proceda al sorteo y la asignación de Fiscal respectiva, debiendo reasignar el caso a nombre del nuevo fiscal asignado (fs. 19 vta.).

II.4.  Cursa guía de courrier 244214, en la cual, el 1 de diciembre de 2022 el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia de la Niñez y Adolescencia, de Partido de Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Tapacari del departamento de Cochabamba, remitió al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el cuaderno procesal (fs. 20).

II.5. El 5 de diciembre de 2022, Rolando Mita Jimenez, mediante memorial denunció al Fiscal Departamental de La Paz, retardación de justicia, solicitando que en el plazo de veinticuatro horas se sortee un fiscal con asiento en el municipio de Viacha (fs. 4 y 5).