SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2025
Fecha: 14-May-2025
POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.11 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve: Declarar COMPETENTE al Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del departamento de La Paz para conocer la demanda de avasallamiento en área minera seguido por el Ministerio Público a instancia de la Cooperativa Minera Aurífera “San Vicente Asepita” R.L. contra Yaquelin Anahí Calizaya Blanco, Janeth Pantigoso Cari, Justo Cortez Peloy, José Machicado y otros; y en consecuencia, se dispone la prosecución del proceso.
CORRESPONDE A LA SCP 0008/2025 (viene de la pág. 16).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Se hace constar, que los Magistrados Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo y Dra. Amalia Laura Villca son de Voto Disidente.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Boris Wilson Arias López
MAGISTRADO
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. René Yván Espada Navía
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. El ámbito de vigencia material de la jurisdicción indígena originaria campesina no alcanza a las siguientes materias:
- III. Los asuntos de conocimiento de la jurisdicción indígena originaria campesina, no podrán ser de conocimiento de la jurisdicción ordinaria, la agroambiental y las demás jurisdicciones legalmente reconocidas” (las negrillas son añadidas).
- POR TANTO