SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2025-S3
Fecha: 10-Jun-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 13/2022 de 15 de diciembre, cursante de fs. 22 a 24, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Quinto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela, únicamente en cuanto a la transgresión de los derechos a la vida, a una justicia plural, oportuna y transparente, al debido proceso, a la libertad, y al principio pro actione; manteniendo la disposición del Juez de garantías, quien dispuso que el Juez demandado fije audiencia virtual para la consideración y resolución del incidente de detención domiciliaria planteado por la accionante, en un plazo razonable; y,
CORRESPONDE A LA SCP 0538/2025-S2 (viene de la pág. 13).
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, a la dignidad y la libertad de las personas, a la defensa, a la presunción de inocencia, a ser oída y juzgada previamente y a la igualdad de oportunidades, en el marco de lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO