SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2025-S3
Fecha: 30-Jun-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 39/2023 de 8 de mayo, cursante de fs. 79 a 83 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que, el Administrador de la Aduana Interior de Potosí, Gerencia Regional de dicho departamento de la Aduana Nacional -demandado-, restablezca el debido proceso -en su elemento tutela judicial efectiva-, y en conexitud el derecho a la propiedad privada del accionante, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2° DENEGAR la tutela en cuanto a los derechos al trabajo y al empleo, y a la defensa.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO