SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2025-S4
Fecha: 06-Jun-2025
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación; y, de libertad personal y locomoción; toda vez que, dentro el proceso penal de acoso sexual que sigue el Ministerio Público en su contra, se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario San Antonio de Cochabamba; ante lo cual, una vez cumplido el plazo de su detención preventiva de cuatro meses, y cuando se solicitó la cesación a su medida cautelar de medida extrema, las autoridades accionadas cometieron las siguientes ilegalidades: i) La Jueza de Instrucción Penal y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primera de la EPI NORTE del departamento de Cochabamba, al encontrarse aun en curso la etapa preparatoria del proceso, y pese a que existía audiencia programada con antelación para la revisión de su situación jurídica para el 12 de diciembre de 2022, determinó apartarse del proceso y no llevar a cabo dicha audiencia con el argumento de que ya existía Acusación Formal presentado por el Ministerio Público, quebrantando lo prescrito por los arts. 233 y 239 del CPP; y, ii) El Juez de Sentencia Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Cochabamba, por decreto de 14 de diciembre de 2022, negó señalar audiencia de cesación a la detención preventiva solicitada el 13 de igual mes y año por resultar inadmisible amparándose en la ratio decidendi inserto en la SCP 0281/2021-S2 de 8 de julio en la que no se cumple el principio de analogía, y cuando la emisión de la acusación formal no constituye un requisito para aplicar la detención preventiva de forma indefinida.
En revisión, corresponde verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada, desarrollando para ello los siguientes temas: a) Sobre el debido proceso vía acción de libertad; b) Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal; c) La solicitud de la cesación de la detención preventiva en fase del juicio oral; y, d) Análisis del caso concreto.
III.1. Sobre el debido proceso vía acción de libertad
La SCP 089/2025-S4 de 15 de abril señala:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “…Sobre el intitulado, la SC 0024/2001-R de 16 de enero, referente a la acción de libertad, antes denominada recurso de hábeas corpus y al debido proceso, estableció que: `…la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al