SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2025-S1
Fecha: 14-Jul-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Resolución de Imputación Formal de 27 de septiembre de 2022, por la cual el Fiscal de Materia imputó formalmente a Paulo César Costa Gómez -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de violación; figurando como su número de celular personal el 77307606 (fs. 6 a 8 vta.).
II.2. Cursa Acta de audiencia del recurso de apelación incidental de 19 de diciembre de 2022, en la cual Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy accionado-, emitió el Auto de Vista 701 de igual fecha; por el que, declaró admisible y procedente en parte el recurso de apelación incidental interpuesto por Katherine Epifany León Rosales -víctima-, revocando parcialmente el Auto Interlocutorio 1250/2022 de 18 de noviembre, y disponiendo la detención preventiva del accionante en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz (fs. 9 a 12 vta.).
II.3. A través de captura de pantalla del Mandamiento de Libertad de 30 de diciembre de 2022, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Decimocuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, ordenó al Gobernador del Centro Penitenciario Palmasola del referido departamento, disponer la libertad del accionante al ser beneficiado con la cesación de su detención preventiva (fs. 4). En tal sentido, en esa misma fecha, se emitió la correspondiente Papeleta de Libertad en su favor (fs. 5).
II.4. Por memorial presentado el 17 de enero de 2023, el accionante solicitó a los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que: 1) Se deje sin efecto el Auto de Vista 701 de 19 de diciembre de 2022 y el Mandamiento de Detención Preventiva librado contra su persona; 2) Se señale nuevo día y hora de audiencia de apelación incidental, notificándose al nombrado y a su abogado defensor vía WhatsApp al número de celular 70884452; así como, mediante correo electrónico [email protected]; y, 3) Se ordene a Kimberling María Clavel Becerra, Oficial de Diligencias de la referida Sala Penal -hoy coaccionada-, que presente un informe indicando cuando fue leída la notificación practicada el 16 de diciembre de 2022, vía WhatsApp (fs. 20 a 21 vta.). Memorial que mereció el decreto de 19 de enero de 2023, por el que Walter Pérez Lora, Vocal de la referida Sala Penal, determinó “…estese a lo dispuesto por la resolución de fecha 19 de diciembre de 2022” (sic [fs. 22]).
II.5. A través del Oficio de 19 de enero de 2023, el Vocal hoy accionado remitió el cuaderno de control jurisdiccional al Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la presunta comisión del delito de violación (fs. 24).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese sentido se ha pronunciado, entre otras, la SCP 1424/2016-S3 de 6 de diciembre, asumiendo los entendimientos sentados por el anterior Tribunal Constitucional, sosteniendo que: “…la SC 0008/2010-R de 6 de abril, estableció que: ‘I. El recurso de