SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2025-S3
Fecha: 30-Jul-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 4/2024 de 29 de febrero, cursante de fs. 62 a 66, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Oruro; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos desarrollados en el presente fallo constitucional; y,
2° LLAMAR LA ATENCIÓN a William García Ríos, Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de Oruro, por el incumplimiento injustificado de los plazos procesales e incurrir en una dilación indebida que incidió en la definición de la situación jurídica de una persona privada de libertad; exhortándole a que, en sus actuaciones no reincida en una situación similar.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO
[1] Art. 251 del CPP (Apelación): “Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas, bajo responsabilidad”.