SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0845/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2025-S3

Fecha: 05-Ago-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa certificación de cómputo de condena de 18 de septiembre de 2023, emitido por Harol Gabriel Torrico Quiroga, Secretario del Juzgado de Ejecución Penal Primero del departamento de Oruro -ahora codemandado- estableciendo el cómputo de condena del accionante de cero años, once meses y siete días (fs. 71).

II.2.    Por memorial presentado el 10 de octubre de 2023, el impetrante de tutela observó el cómputo de condena expedido el 18 de septiembre de 2023, solicitando uno nuevo (fs. 75 a 82).

II.3.    Mediante Auto Interlocutorio 1254/2023 de 1 de diciembre, la Jueza de Ejecución Penal Primera del departamento de Oruro -demandada-, resolvió: a) Mantener las fechas establecidas dentro del cómputo de condena de 18 de septiembre de 2023; b) Dejar sin efecto la certificación de cómputo de condena de 18 de igual mes y año, ordenando emitir uno nuevo en cumplimiento del art. 77 del CP; y, c) En tanto no cumpla las 2/5 partes de la condena, no es admisible el incidente de redención  impetrado (fs. 93 a 94).

II.4.    Consta certificación de cómputo de condena de 11 de diciembre de 2023, emitido por el Secretario ahora demandado, determinando el cómputo de condena del accionante de un año, un mes y cero días (fs. 99).

II.5.    Por Auto de Vista 157/2023 de 28 de diciembre, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró improcedente el recurso de apelación opuesto por el solicitante de tutela contra el Auto Interlocutorio 1254/2023, confirmando en su totalidad el mismo (fs. 116 a 118 vta.).