SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2025-S1
Fecha: 25-Ago-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 19/2023 de 16 de febrero, cursante de fs. 23 a 25, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Octavo de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada, respecto al Vocal y el Secretario de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justifica de La Paz, por la vulneración del derecho a la libertad del accionante, en la modalidad de acción de libertad innovativa, al señalar la audiencia extrañada, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
2º DENEGAR la tutela solicitada, con relación al Juez y Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
3° Exhortar a Henry David Sánchez Camacho, Vocal; y, José Andrés Escobar Lecoña, Secretario, ambos de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que en futuras actuaciones observen mayor cuidado a la normativa procesal penal cuando se trate de detenidos preventivos.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA