SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2025-S4

Fecha: 02-Sep-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa escrito presentado el 2 de marzo de 2023, ante el Director Departamental del Trabajo de Santa Cruz, por el que solicitó su reincorporación laboral, más el pago de sueldos devengados de enero y febrero de 2023, alegando que no obstante haber suscrito tres contratos de trabajo a plazo fijo, prestando sus servicios como Auxiliar de Servicios I de la Unidad de Rayos X del Hospital Santa Cruz de la Caja Petrolera de Salud, habiendo continuado con sus actividades laborales desde enero a marzo del 2023; es decir, que su relación se convirtió en un contrato a plazo indefinido, considera que se le ha vulnerado sus derechos laborales, al haberse anunciado el 1 de marzo del 2023, que ya no sería recontratada (fs. 12 a 14 vta.).

II.2. Consta Resolución JDTSC/MREC/ 071/2023 de 14 de abril, de Restitución de Derechos Laborales, emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, dependiente del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social; mediante la cual, dispuso la resolución de restitución de derechos laborales por estabilidad laboral a favor de la trabajadora Jimena Vaca Antelo, debiendo la parte empleadora Caja Petrolera de Salud, reincorporar de forma inmediata a la trabajadora, en las mismas condiciones anteriores al momento de despido sin justa causa y reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado por el tiempo que duró la suspensión de la relación laboral y la restitución de todos los derechos que hubiesen sido afectados (fs. 3 a 6).