SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2025-S1

Fecha: 04-Sep-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Sentencia 03/2020 de 7 de abril, emitida por el Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, por la cual se condenó a Tardely Barriga Borja -ahora accionante- por la comisión del delito de robo agravado, debiendo cumplir la pena privativa de libertad de tres años de reclusión en el Centro de Rehabilitación Social de Riberalta de ese departamento, hasta el 5 de abril de 2023; disponiendo la remisión de una fotocopia legalizada ante el juez de ejecución penal (fs. 57 y vta.). Asimismo, consta Mandamiento de Condena de 7 de igual mes de 2020, emitido contra el nombrado (fs. 58).

II.2.    Consta decreto de 6 de diciembre de 2022, suscrito por Selva Aguilera Medina, Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni -hoy accionada-, por el que dispuso el desarchivo del proceso penal seguido contra el accionante (fs. 59); además, cursa reporte de desarchivo de 8 del referido mes y año, referente al mismo proceso penal (fs. 31); finalmente, consta impresión del SIREJ en el que se advierte que el cuaderno de control jurisdiccional de referencia fue desarchivado y recepcionado en el 8 de diciembre de 2022, en el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni (fs. 21).

II.3.    Por memorial presentado el 16 de marzo de 2023, ante el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, Stefany Quispe Apaza, Defensora Pública dependiente del SEPDEP, en representación del accionante se apersonó y solicitó remisión del cuaderno de control jurisdiccional al Juzgado de Ejecución Penal y Juez Técnico Primero de Guayaramerín del citado departamento (fs. 60 y vta.), que fue ingresado a despacho el 21 de igual mes y año, y mereció en respuesta el decreto de igual fecha; por el que, se ordenó que por Secretaría se oficie el desarchivo de dicho cuaderno y una vez desarchivado, sea remitida la Sentencia -03/2020- ante ese Juzgado y a la Oficina del REJAP, advirtiéndose en el mismo la firma de la representante sin mandato del accionante de 29 del mismo mes y año, a las 16:55 horas (fs. 61).

II.4.    A través del memorial presentado el 24 de marzo de 2023, ante el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, el accionante reiteró la solicitud de 16 de igual mes y año, referente a la remisión de antecedentes al Juzgado de Ejecución Penal y Juez Técnico Primero de Guayaramerín del mismo departamento (fs. 2 y vta.; 63 y vta.), que fue ingresado a despacho el 27 del mismo  mes y año, y mereció en respuesta el decreto de igual fecha; por el que, se ordenó que por Secretaría se oficie el desarchivo del cuaderno de control jurisdiccional y que una vez desarchivado se remita la Sentencia -03/2020- al señalado Juzgado y a la Oficina del REJAP, advirtiéndose en el mismo, la firma de la representante sin mandato del accionante de 29 de ese mes y año, a las 16:56 horas (fs. 64).

II.5.    Cursa Nota de 24 de marzo de 2023 -sin sello de recepción-, dirigida al “JUEZ DE EJECUCION EN LO PENAL” de Guayamerín del departamento de Beni, con la suma “REMITE SENTENCIA EJECUTORIADA”, por la que la Secretaria ahora accionada, señaló que se remitió la Sentencia 03/2020 -ejecutoriada-, pronunciada en el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Roberto Achipa Cuadiay contra el accionante por la comisión del delito de robo agravado (fs. 16 y vta.). Asimismo, consta el Guía de Despacho Nacional 0002269, de 27 del mismo mes y año, en la que se advierte como remitente el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del indicado departamento y como destinatario el “JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL” de Guayamerín de dicho departamento (fs. 16).