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    AUTO CONSTITUCIONAL 219/99 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 219/99 - R

    Fecha: 11-Oct-1999

    POR TANTO:

    Se llama por cuarta vez la atención a la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por los errores cometidos en la tramitación del recurso, como se tiene expresado, dejándose presente que en caso de persistir en ellos se aplicará estrictamente el Art. 103 de la Ley 1836.

    • VISTOS
    • CONSIDERANDO:
    • improcedente
    • siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías
    • POR TANTO:

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