Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
*AUTO CONSTITUCIONAL N° 222/99 - R
Fecha: 11-Oct-1999
IMPROCEDENTE
3.- En la misma audiencia, después de declarar cuarto intermedio de una hora, el Juez de Instrucción de Ivirgarzama dicta resolución que declara IMPROCEDENTE el recurso, fundándose en que "(...) la P.T.J. de esta localidad en uso de sus atribuciones conferidas por los Arts. 112 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, procedió a la detención del recurrente, remitiendo antecedentes ante esta autoridad en el plazo previsto por ley...,haciéndose constar que la detención del recurrente fue en base a una fotocopia autenticada por el mismo órgano policial que la expidió(...)".