2.
2. A fojas 37 corre el acta de la audiencia pública realizada el 30 de septiembre, en la que el recurrente ratifica los términos de su demanda. Por su parte, en su informe el recurrido señala que evidentemente el recurrente "está suspendido hace cuatro semanas, porque es infractor en muchos casos, no cumple sus obligaciones con su gremio, incurre en hechos de tránsito(...)", por ello el Directorio tomó la decisión de suspenderlo indefinidamente, medida contra la que no ha hecho uso de los recursos e instancias franqueadas dentro de su institución.
