Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 295/99 - R
Fecha: 03-Nov-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120 7ª de la Constitución Política del Estado y art. 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA el fallo en revisión de fecha 8 de octubre de 1999, cursante a fs. 60-61, y declara PROCEDENTE el Recurso de Habeas Corpus, disponiendo que se otorgue la libertad provisional al recurrente, bajo fianza juratoria y sea previo cumplimiento de las formalidades legales establecidas por el art. 9 de la Ley de Fianza Juratoria; debiendo darse cumplimiento al artículo 91-VI de la Ley Nº 1836.