Auto Constitucional N° 332/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Auto Constitucional N° 332/99-R

Fecha: 18-Nov-1999

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que los recurrentes no asistieron a ninguna de las dos audiencias realizadas en este proceso: la de 23 de agosto y la de 20 de octubre, presumiéndose que consintieron libremente los actos realizados por los recurridos, lo que coincide con una parte de la fundamentación de la sentencia que se revisa, según la cual "se debe tener en cuenta que en fecha 27 de septiembre de 1994 los recurrentes Pablo Yujra y esposa suscribieron un compromiso por el cual estaban de acuerdo a que se proceda a la demolición de los referidos Kioscos, sin lugar a reclamo de ninguna clase".