AUTO CONSTITUCIONAL Nº 364/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 364/99-R

Fecha: 29-Nov-1999

Procedente

Planteado así el recurso, éste es admitido por decreto de 8 de octubre de 1.999, señalándose audiencia pública, la misma que es suspendida en tres oportunidades por falta de citación a las autoridades recurridas; llevándose a efecto finalmente el 26 de octubre de 1999, cual consta a fojas 115 y 116 de obrados, con la asistencia del recurrente y recurridos, procediendo el Tribunal del Amparo, a la conclusión de la misma, a dictar la resolución de fojas 117-118,  declarando Procedente el recurso interpuesto, disponiendo la restitución en el cargo de Alcalde Municipal de Nueva Esperanza  del recurrente en forma inmediata hasta que se cumpla con las disposiciones del artículo 201 de la Constitución Política del Estado y artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, resolución que es objeto de la presente revisión.