SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 024/99
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 024/99

Fecha: 21-Dic-1999

II.2.

II.2. Que con memorial de 17 de Noviembre, suscrito por Rodolfo Gálvez Salazar, Presidente del Concejo Municipal, y Rolando Enríquez Rojas, Alcalde Municipal interino, nombrados por Resoluciones Municipales Nos. 121/99 y 256/99, de 1º de Junio y 16 de Noviembre de 1999, respectivamente, cuyas fotocopias legalizadas se adjunta, remiten la documentación requerida, y aducen que “el recurso carece de asidero legal toda vez que el recurrente confunde el procedimiento y procedencia del mismo, aplicando el Recurso Directo de Nulidad cuando por expresa disposición del art. 68 de la citada Ley Nº 1836, es otra la acción a instaurarse; sin embargo, haciendo referencia al fondo de la acción ya admitida, nos permitimos informar al Tribunal Constitucional que mediante Ordenanza Municipal Nº 166/98 de fecha Diciembre 10 de 1998 se ha dispuesto aprobar el ajuste de cálculo de las nuevas Tablas de Valoración de Base Imponible... cuya Resolución ha sido aprobada mediante RESOLUCIÓN  SUPREMA Nº 218852 de agosto 5 de 1999”.