Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 025/99
Fecha: 21-Dic-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que le confieren los artículos 120-6ª de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad de fojas 62 a 69, con costas y una multa de quinientos bolivianos que los recurrentes deben depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente sentencia.