AUTO CONSTITUCIONAL N° 136/99 - R
Fecha: 13-Sep-1999
1°.
1°. Luis Fernández Pinto interpone a fs. 3-4, recurso de Habeas Corpus, señalando que Gladys Ibáñez Arriata en fecha 7 de octubre de 1998 inició una denuncia criminal en su contra por la supuesta perpetración del delito de estafa, en reacción a un proceso ejecutivo ganado en las dos instancias por el recurrente, y que a consecuencia de esta denuncia se abrió el caso Nº 3129/98 ante la División Delitos Económicos y Financieros de la P.T.J., expidiéndose los correspondientes mandamientos de comparendo firmados por los recurridos. Esta denuncia pasó a conocimiento del Fiscal Rodolfo Gutierrez, quien requirió porque se le remitan antecedentes para disponer lo que fuere de ley. Hace notar que "(...) esta actitud de las autoridades policiales y del representante del Ministerio Público asignado a la P.T.J. amenazan mi tranquilidad y libertad personal, al pretender sustanciar una acción penal indebida, y ser objeto de una persecución ilegal poniendo en peligro mis derechos y garantías constitucionales (...)".