Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 183/99 - R
Fecha: 28-Sep-1999
3.- -
3.- - Efectuada la audiencia pública el día 26 de marzo de 1999, la parte recurrente ratifica su demanda, pidiendo la devolución del dinero otorgado en calidad de anticrético y en atención a la validez del documento de anotación preventiva de fs. 42, pide se declare procedente el Recurso de Amparo Constitucional.