Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0015/00-R
Fecha: 07-Ene-2000
2.
2. A la presentación del Hábeas Corpus, el recurrente continuaba detenido en la Jefatura Fronteriza Rural de la localidad de Sorata, habiendo transcurrido hasta ese entonces diez días de detención, sin que lo hubieran remitido ante la autoridad competente para que preste su declaración indagatoria.