SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0015/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0015/00-R

Fecha: 07-Ene-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, con la potestad que le confieren la atribución 7ª) del art. 120, el art. 18-III de la Constitución Política del Estado y el art. 93 de la Ley N° 1836, REVOCA la Resolución N° 205/99 saliente a fs. 12 de obrados, pronunciada el 21 de septiembre de 1999 por el Juez de Partido en lo Penal de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso de Hábeas Corpus, ordenándose la inmediata libertad del recurrente, debiendo el Juez de Hábeas Corpus, establecer los daños y perjuicios.

Se llama severamente la atención al Juez de Hábeas Corpus, por no haber dado estricto cumplimiento a los plazos procesales establecidos en los arts. 18 de la Constitución Política del Estado, 91 y 93 de la Ley N° 1836,advirtiéndosele que en lo sucesivo, de repetirse la conducta, se remitirán los antecedentes al Consejo de la Judicatura a los fines establecidos por el art. 103  de la citada ley.