Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 1032/00-r
Fecha: 23-Oct-2000
1.
1. Realizada la audiencia en fecha 23 de septiembre de 2000, el abogado de la parte recurrente, manifiesta que los derechos de su defendida fueron restringidos arbitrariamente, al clausurar su farmacia, causándole perjuicios económicos, ratificándose en los términos de su demanda pide se ordene el funcionamiento normal de la farmacia clausurada y se ordene la devolución de los medicamentos decomisados, se declare procedente el recurso, se le restituya la multa y todos los derechos a la recurrente.