Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 1032/00-r
Fecha: 23-Oct-2000
3.
3. A su vez, el representante del Ministerio Público requiere por la procedencia del recurso, se deje sin efecto la clausura de la farmacia y se devuelvan los medicamentos decomisados, con el argumento de que se ha atentado contra la libertad de trabajo de la recurrente, aduciendo, las autoridades recurridas haber dado cumplimiento a una Resolución Ministerial y a un Decreto Supremo.