Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 922/2000-R
Fecha: 06-Oct-2000
rechazado
Que, en consecuencia el Tribunal de Amparo, aunque con otros fundamentos, ha aplicado correctamente el art. 98 de la del Tribunal Constitucional al haber rechazado por Auto de 18 de octubre de 2000, el recurso interpuesto por Miltón López Pardo en su calidad de Presidente Liquidador de la Comisión Liquidadora del Fondo Mutual de Trabajadores Petroleros de Y.P.F.B.