SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 939/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 939/00-R

Fecha: 11-Oct-2000

2.

2.  Que, habiéndose radicado el proceso penal instaurado por la Prefectura contra el recurrente y otros, en el Juzgado a cargo del Juez recurrido, pidió se le apliquen las medidas substitutivas previstas en el art. 240 del Código de Procedimiento Penal, para cuyo efecto se celebró la audiencia correspondiente el 30 de agosto de 2000, calificándose una fianza de un millón de bolivianos, la misma que se cauciona el 31 del mismo mes y año con documentación insuficiente, que fue subsanada por afirmación del recurrente, la cual no ha sido negada por el recurrido.