Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 940/00- R
Fecha: 11-Oct-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución venida en revisión corriente a fs. 69 y vta. de obrados, pronunciada el 3 de agosto de 2000 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso planteado, disponiendo que el Juez recurrido levante la anotación preventiva y deje sin efecto el remate sobre el inmueble del recurrente. Asimismo ordena que el Tribunal del Recurso proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 102-VI de la Ley Nº 1836.