SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 987/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 987/2000-R

Fecha: 26-Oct-2000

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9.     Que sin embargo, el Dr. Guido Chávez en su condición de Presidente Alterno del Consejo de la Judicatura por Cite Of No. 0043-GCHM/CJ-00 de 18 de mayo de 2000 solicita al Presidente Nato del Congreso, en base a la atribución contenida en el art. 59-1) de la Constitución Política del Estado,”se dicte una ley interpretativa de la primera disposición final, con relación a la tercera disposición transitoria de la Ley Nº 1817 de 22 de diciembre de 1997, concretamente en lo que a la derogación del art. 46 de la Ley de Organización Judicial se refiere”(sic) (fs.59) que no ha sido resuelta, aunque el Presidente del Senado Nacional responde a la inquietud del Colegio de Abogados, en sentido de que: “la Ley Interpretativa Nº 2084 de 20 de abril de 2000 no precisa de complemento ni aclaración posterior, pues se estaría incurriendo en una interpretación de lo ya interpretado por el Poder Legislativo” (fs. 58).