SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1024/00 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1024/00 - R

Fecha: 06-Nov-2000

a)

De fs. 76 a 78 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 04  de octubre  de 2000, en la que  la parte recurrente; a) Ratifica los términos de su demanda y reitera que jamás se la notificó con ningún actuado del proceso como consta  en el comparendo de 22 de agosto, con el que supuestamente fue notificada un día antes de que fuera librado. b) Aclara que fue detenida cuando acompañó a su primo Carlos Montero, ante el Juzgado y no la dejaron salir sin tomar en cuenta su condición de mujer. c) Que con la medida cautelar de arraigo, se ha vulnerado su derecho a la libertad, por lo que insiste en la cesación del procesamiento indebido y se imponga sanciones por su detención ilegal. A su turno, la autoridad judicial recurrida, informa: a) Que ordenó se libren  mandamientos de comparendo el 22 de agosto de 2000 para que presten los imputados su confesión, que la representación del Oficial de Diligencias, que informa que los imputados no fueron habidos para su legal notificación, señala por error fecha 21 de agosto. b) Que en mérito a tales representaciones la parte civil, solicitó mandamiento de apremio, habiendo sido detenidos el 15 de septiembre de 2000, que fue un día viernes, señalándose audiencia confesoria para  el 19 del mismo mes  y año, en la que Ángela Montero, indica haber girado un cheque por $us. 2000.00 c) Que  dispuso su libertad, en aplicación de las medidas cautelares.