Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1057/00-R
Fecha: 10-Nov-2000
en el plenario de la causa
3.- Que en el plenario de la causa, la procesada interpuso en dos oportunidades cuestión previa de falta de tipicidad, las que fueron rechazadas por el Juez demandado, la primera por haber sido propuesta sin prueba preconstituida y la segunda, porque la prueba presentada no destruía los hechos antijurídicos juzgados; asimismo, planteó cuestión previa de prescripción, que también fue rechazada por el Juez de la causa mediante auto de 22 de agosto de 2000, por no haber adjuntado prueba preconstituida como lo exige la Ley (fs. 17-23).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- IMPROCEDENTE
- en el plenario de la causa
- rechazó la solicitud de extinción de la acción penal por basarse en el art. 133 del nuevo Código de Procedimiento Penal que aún no se encuentra en vigencia
- CONSIDERANDO: Que la recurrente está siendo juzgada por el delito de estafa
- que debe ser propuesta con prueba preconstituida por la parte interesada. Que en el presente caso, la recurrente no cumplió con