Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1077/00-R
Fecha: 20-Nov-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia venida en revisión corriente de fs. 30 a 31 de obrados, pronunciada el 27 de octubre de 2000 por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, disponiendo que la autoridad recurrida anule el Auto de Vista por el que se declara rebelde y contumaz a la Ley al recurrente.