SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1084/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1084/00-R

Fecha: 21-Nov-2000

3.

3.     A la conclusión de la audiencia, el Juez de Amparo dicta  Sentencia declarando procedente el Recurso de fs. 2-3 con el fundamento de que los Directivos del Comité Cívico Regional de Riberalta  han excedido su competencia al otorgarle un plazo al recurrente para que abandone esa ciudad, atentando contra su derecho garantizado constitucionalmente por el art. 7-g) de la Constitución Política del Estado.