SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1103/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1103/00-R

Fecha: 22-Nov-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102.V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Sentencia  corriente de fs. 90 a 92 de obrados, dictada el 20 de abril de 1999, por el Juez de Partido de Familia y del Menor de Quillacolo del Distrito Judicial de Cochabamba, disponiendo que dicho Tribunal imponga las costas y multa al recurrente conforme al art. 102.III de la Ley Nº 1836.

Se llama severamente la atención al Juez del Recurso por no haber dado cumplimiento al art. 19.III de la Constitución Política del Estado con relación al art. 102.V de la Ley Nº 1836 y se dispone se remitan antecedentes al Consejo de la Judicatura conforme lo dispuesto por el art. 103 de la precitada Ley.