SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1105/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1105/2000-R

Fecha: 22-Nov-2000

improcedente

Que concluida la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta la Resolución cursante de fs. 22 a 23, que declara improcedente  el Recurso, con el fundamento de que una vez remitido el recurrente a competencia del Juez Cautelar éste cumplió con su deber determinando las medidas previstas por ley correspondiendo al Juez de la causa determinar la modificación, revocatoria o suspensión de  las medidas sustitutivas impuestas en observancia del art. 251 del nuevo Código de Procedimiento Penal.