Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1142/00-R
Fecha: 01-Dic-2000
improcedente
Que en el caso que se examina, el abogado de los recurrentes, por memorial de fecha 8 de noviembre de este año (fs.15), desiste del Hábeas Corpus manifestando que el día 7 del referido mes fueron remitidos los recurrentes ante el Juez de Partido de Sustancias Controladas, firmando “por los detenidos en la Cárcel de Chonchocoro”. Consiguientemente el Tribunal de Hábeas Corpus al haber declarado improcedente el Recurso, no ha valorado correctamente los antecedentes del Recurso planteado, al no considerar que las autoridades recurridas omitieron cumplir con los plazos y formalidades que la Ley señala.