Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1142/00-R
Fecha: 01-Dic-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts 18-III, 120 7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836, REVOCA la Sentencia recibida en revisión y declara PROCEDENTE el Recurso de Hábeas Corpus, disponiendo que sea el Juez competente quien disponga si corresponde o no la detención preventiva, y de conformidad al art. 102-II deberá calificarse daños y perjuicios que deben reconocer las autoridades recurridas.