Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1159/00-R
Fecha: 11-Dic-2000
2.
2. Que, según la escritura Nº 949/97 suscrita el 25 de septiembre de 1997, el inmueble donde funciona el establecimiento educativo cuyo derecho propietario disputa el recurrente con los recurridos fue transferido por Pastor Vargas Caballero y Maria Antonia Zurita de Vargas en favor de la Unidad Educativa Particular Bolivia-Japón.