Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1168/00-R
Fecha: 11-Dic-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102V de la Ley No. 1836, APRUEBA en parte la Sentencia corriente de fs. 45 y vta. a 48 de obrados, dictada el 10 de noviembre de 2000, por el Juez de Partido Tercero de Yacuiba y DECLARA PROCEDENTE el Recurso de Amparo Constitucional.