Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1211/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus, pronuncia Sentencia a fs. 18, declarando procedente el Recurso, en virtud de que el Fiscal recurrido no tenía facultad jurisdiccional por encima del Juez cautelar, para revocar o disponer lo contrario, incurriendo en un acto ilegal de detención indebida.