1. Que, contra el recurrente y Eduardo Ríos Torrico se organizó proceso penal por la supuesta comisión de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza por auto inicial de 22 de diciembre de 1998 dictado por el Juez Segundo de Instrucció
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1. Que, contra el recurrente y Eduardo Ríos Torrico se organizó proceso penal por la supuesta comisión de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza por auto inicial de 22 de diciembre de 1998 dictado por el Juez Segundo de Instrucció

Fecha: 21-Feb-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª  y  93 de la Ley 1836, REVOCA la sentencia cursante a fs. 40 de obrados de 20 de enero de 2000 y declara PROCEDENTE el recurso de Hábeas Corpus interpuesto por Jorge Honorato Quinteros Salas, disponiendo su inmediata libertad, siempre y cuando la autoridad recurrida, cuya competencia ha sido reconocida por el recurrente, no hubiera definido su situación jurídica con plena competencia.