SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 087/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 087/00-R

Fecha: 01-Feb-2000

a)

a)  La recurrente, representada por Rubens Rivarola Muñoz, explica que se encuentra en proceso de divorcio absoluto de su esposo  Luis Amurrio Uribe y éste -según la esposa-  sin que se hubiera dictado  sentencia en dicho proceso, “sin importarle que su esposa ha dado a luz una hija suya en octubre de 1999”, y asimismo se encuentra cuidando otros hijos habidos antes y dentro del matrimonio (otros dos  menores), “trata de despojarla del inmueble donde ella y sus tres hijos menores viven, amedrentándola  de lanzamiento al extremo que el día de hoy (noviembre 22, 1999)  procedió (su esposo) a hacer suspender los servicios de luz eléctrica y agua potable en el inmueble donde ella vive con sus hijos, aparte que desde el inicio del juicio de divorcio  en el mes de junio (de 1999) no le proporciona asistencia alimentaria, médica y farmacéutica, contraviniendo de esta manera los principios constitucionales consagrados en los artículos 8, inciso e), 193, 195, 198 y 199 de la Carta Magna”.