Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 087/00-R
Fecha: 01-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 94 y siguientes de la Ley Nº 1836, APRUEBA el fallo que corre de fs. 84 a 84 vuelta de obrados, dictado por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial del Beni, venido en revisión.