Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 087/00-R
Fecha: 01-Feb-2000
d)
d) A su turno, el demandado expresa que, en el proceso de divorcio ha interpuesto la partición de bienes, ante el peligro de daño a su integridad física y la destrucción de sus muebles -ocasionados por su esposa- y ha pedido la exclusión de María Camacho Rocha de su bien propio, obteniendo mandamiento de desapoderamiento y el lanzamiento del que fuera su hogar conyugal, y reconoce que gestionó la suspensión de los servicios de agua y energía eléctrica, pero que ya fueron restituidos.